Derecho a la Imagen Propia y la inteligencia artificial: Análisis comparado sobre los límites a la explotación de la imagen

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Ximena Elizabeth Maldonado Erazo

Resumen

El presente estudio tiene como objetivo analizar el marco normativo que regula la reproducción de la imagen de una persona, sopesando las restricciones y permisos existentes, especialmente ante el desafío que representa la generación de imágenes realistas mediante inteligencia artificial. Para ello, se emplea un análisis cualitativo y comparativo de legislaciones y jurisprudencia, complementado con una revisión histórica y conceptual del derecho a la propia imagen para establecer su alcance y límites frente a las nuevas tecnologías. Los resultados establecen que la reproducción de la imagen de una persona requiere, como regla general, su consentimiento expreso. No obstante, se identifican excepciones significativas cuando la persona posee relevancia pública, la imagen se utiliza con fines de interés social (científicos, educativos, culturales), o se trata de una caricaturización como forma de expresión artística y sátira. La principal implicación es la necesidad de que los operadores de justicia evalúen cada caso de uso de imágenes generadas por IA de manera contextual, considerando la relevancia de la persona, el hecho y la finalidad del mensaje. Se concluye que, si bien la legitimidad para reproducir una imagen depende de un balance de factores, existen límites infranqueables: la protección de la esfera íntima de la persona y la prohibición de utilizar la imagen para promover discursos de odio o incitar a la violencia, salvaguardando así la dignidad e integridad del individuo.

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Cómo citar
Maldonado ErazoX. E. (2026). Derecho a la Imagen Propia y la inteligencia artificial: Análisis comparado sobre los límites a la explotación de la imagen. AXIOMA, 1(34), 88-96. https://doi.org/10.26621/ra.v1i34.1088
Sección
CIENCIAS SOCIALES, PERIODISMO, INFORMACIÓN Y DERECHO

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